La Resolución General ARCA 5824/2026 incorporó cambios en la emisión de comprobantes y estableció nuevas reglas para la identificación de consumidores finales.
Este tutorial explica de manera simple cuándo corresponde emitir una factura a “Consumidor Final Identificado”, qué datos solicitar y cómo impacta en la práctica diaria.
¿Qué cambió con la RG 5824/26?
Hasta ahora, los comprobantes a Consumidor Final sólo debían identificar al cliente cuando el importe superaba determinados montos.
Con la nueva normativa, además de esos límites, el emisor deberá identificar al comprador cuando éste solicite la factura para utilizarla como deducción en el Impuesto a las Ganancias.
¿Qué tipo de factura corresponde?
Si el emisor es Responsable Inscripto, se emite:
- Factura “B”
aunque el cliente informe CUIT.
La identificación no modifica la condición IVA del receptor.
¿Cómo emitir la factura en Contabilium?
Debes dirigirte al módulo de Ventas, ingresando a la opción de Facturación, y una vez allí debes realizar clic en el botón "+ Nueva Factura":
Una vez allí, debes tener en cuenta las siguientes consideraciones:
- Se va a visualizar la opción "Emitir como Consumidor Final" cuando el emisor y el cliente son Responsables Inscriptos.
- Al tildar la opción "Emitir como Consumidor Final", el sistema establece automáticamente el tipo de comprobante a Factura B. El usuario puede modificar posteriormente el tipo de comprobante si la operatoria lo requiere (ya sea Factura, Nota de crédito o Nota de débito).
- Al emitir el comprobante con la opción seleccionada, la operación se informa como Consumidor Final identificado utilizando el CUIT del cliente.
- La opción "Emitir como Consumidor Final" NO SE VISUALIZA cuando el cliente posee una condición fiscal distinta de Responsable Inscripto.
- La selección de la opción aplica únicamente al comprobante en edición y no modifica la condición fiscal registrada en la ficha del cliente.
Vigencia
Los cambios establecidos por la RG ARCA 5824/2026 resultan aplicables a partir del 1 de julio de 2026.
Recomendación
Se recomienda consultar con el contador o asesor impositivo ante casos particulares o dudas sobre deducciones en el Impuesto a las Ganancias.