De acuerdo con lo establecido por la RG 5700/2025 de ARCA, la identificación del Consumidor Final en la factura solo es obligatoria cuando el monto de la operación es igual o superior a $10.000.000, sin importar el medio de pago utilizado.
En estos casos, deberás consignar alguno de los siguientes datos del comprador:
CUIT, CUIL, o número de documento de identidad (DNI/LE/LC/CI/Pasaporte).